Plan general de ordenamiento forestal

 

¿Qué son los Planes de Ordenación Forestal?

“Instrumento para gestionar y promover el desarrollo socioeconómico nacional, regional y local, con base en la preservación, restauración, uso sostenible, conocimiento de la biodiversidad y conservación de los ecosistemas forestales.”

Los Planes Generales de Ordenación Forestal “PGOF” son documentos técnicos que recogen un análisis y estudio de los ecosistemas forestales, estableciendo una propuesta de gestión para el manejo apropiado de las tierras forestales y el aprovechamiento responsable de sus recursos, bienes y servicios. Garantizando la sostenibilidad y preservación de los mismos.

El PGOF es un mecanismo de gestión para el manejo coherente de los bienes y servicios que las comunidades obtienen de ecosistemas forestales, para que así cubran sus necesidades y aseguren la existencia para las generaciones futuras.

¿Porqué se hacen los Planes Generales de Ordenamiento Forestal?

El decreto 2811 de 1974 o “Código Nacional de los Recursos Naturales” definió lo correspondiente a las áreas forestales de carácter productor, productor-protector y protector. Posteriormente, el documento CONPES 2834 de 1996 “Política Nacional de Bosques” estableció la necesidad de formular y poner en marcha los criterios para la definición y manejo de áreas forestales. El decreto 1791 de 1996 reglamentó que las CARS en su respectiva jurisdicciones tienen la obligación de reservar, alinderar y declarar las áreas forestales productoras y productoras-protectoras para conceder los permisos de aprovechamiento con base en el Plan de Ordenación Forestal elaborado por la respectiva Corporación.

Teniendo en cuenta esta normatividad es necesario que cada una de las CAR cuenten con una herramienta de gestión de gestión sobre las tierras forestales con o sin cobertura.

¿Quiénes Participan?

El PGOF es un documento formulado por la autoridad ambiental en cada jurisdicción, e involucra a las entidades territoriales y la sociedad civil en general.

 Requiere que sea adoptado por los entes territoriales como Alcaldías Municipales, Gobernación de Sucre, las instituciones gubernamentales (Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, INCODER, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Ministerio de Minas y Energía), por la comunidad en general.

¿Qué se logrará con los planes?

Establecer las directrices para administrar y controlar el manejo y aprovechamiento de recursos naturales, velando por la seguridad y sostenibilidad de los mismos.

Identificación de los factores antrópicos que amenazan la estabilidad de los ecosistemas forestales.

¿Cuáles son las Unidades Administrativas de Ordenación Forestal “UAOF” en el área de jurisdicción CARSUCRE?

Área forestal Protectora: Zona donde prevalece el caracter protector. Debe ser conservada con coberturas vegetales naturales o artificiales con el fin de proteger sus recursos naturales y su diversidad biológica, para la obtención de bienes y servicios ambientales de los ecosistemas.

Área forestal Productora: Zonas que deben ser conservadas y pueden ser objeto de actividades de uso, manejo y aprovechamiento sostenible de sus recursos forestales maderables y no maderables.

Permite el aprovechamiento de productos para consumo o comercialización, sin agotar recursos naturales, ni valores ambientales conexos.

¿En qué se beneficiara la jurisdicción con el plan?

Contaran con la información técnica y científica obtenida a partir de una evaluación biótica, abiótica y social del territorio, como insumo para la formulación e implementación de instrumentos de planificación a nivel local, así como la ejecución de planes y programas enfocados en el uso sostenible de recursos naturales y desarrollo económico de la población.

Plan General De Ordenamiento Forestal – Descargar

 

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