POR LA CUAL SE ADOPTAN LAS ÁREAS DE IMPORTANCIA ESTRATÉGICA PARA LA CONSERVACIÓN DEL ACUÍFERO BETULIA COMO FUENTE HÍDRICA ABASTECEDOR DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE BUENAVISTA (SUCRE)
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE SUCRE-CARSUCRE, en ejercicio de sus facultades legales conferidas por la Ley 99 de 1993, el capítulo 8 del Decreto Único Reglamentario No. 1076 de 2015, demás disposiciones reglamentarias y complementarias y
CONSIDERANDO
Que, la Constitución Política en su artículo 8°, en concordancia con los artículos 79, 80, 95 (8) y 334, establece en términos generales que es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Conoce en detalle la Resolución No. 1328 de 30 de diciembre de 2024.