¿Quien es CARSUCRE?
Es la Corporación Autónoma Regional de Sucre, encargada de hacer cumplir la normatividad ambiental regida en nuestra región.
Es la Corporación Autónoma Regional de Sucre, encargada de hacer cumplir la normatividad ambiental regida en nuestra región.
Las personas naturales o jurídicas, que en desarrollo de un convenio o contrato requieran entregar un producto gráfico, editorial, didáctico, educativo, informativo, divulgativo, de señalización, orientación, control, advertencia, o cualquier otro producto POP, deberán aplicar la imagen institucional con base en los criterios señalados en el Manual de Imagen Corporativa de la Entidad.
Es el conjunto de la información que deberá presentar ante la autoridad ambiental competente, el peticionario de una licencia ambiental. El estudio de impacto ambiental se exigirá en todos los casos en que se requiera licencia ambiental, de acuerdo con la ley.
La Licencia Ambiental, es la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada. Esta Licencia Ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios para el desarrollo y operación del proyecto, obra o actividad y deberá obtenerse previamente a la iniciación del proyecto, obra o actividad. Ningún proyecto, obra o actividad requerirá más de una Licencia.
Los costos de una Licencia Ambiental varían de acuerdo a la magnitud del proyecto y su ubicación; dado que CORPOGUAJIRA basa los cálculos monetarios en los recursos humanos y técnicos (viáticos, horas/hombre, laboratorios, etc.) en que incurre la Corporación en generar un concepto efectivo y eficiente.
Debe traer una queja por escrito. O si quiere hacerla llegar por Internet, se le recibe siguiendo este enlace: Quejas y Reclamos
Debe solicitarlo por escrito, determinando cuántos necesita y dónde va a realizar la siembra de los mismos.
Es el efecto positivo o negativo parcial o total, progresivo o permanente y a veces irreversible que ocasiona un cambio en las estructuras de un ecosistema. Este cambio puede ser originado por la naturaleza misma y en la mayoría de las veces, por el hombre y su tecnología.
Es el instrumento de planeación de las Corporaciones Autónomas Regionales, en el cual se concreta el compromiso institucional de estas para el logro de los objetivos y metas planteados en el Plan de Gestión Ambiental Regional. En él se definen las acciones e inversiones que se adelantarán en el área de su jurisdicción y su proyección será de 3 años.
El Plan Operativo Anual es una herramienta que ayuda a optimizar el proceso de planificación y seguimiento a la ejecución de los recursos y actividades programadas por una entidad; contiene la información esencial del proyecto en términos de identificación, orientación, análisis y evaluación ex-post.
PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL REGIONAL presentado por parte de las CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES Y DE DESARROLLO SOSTENIBLES: con el propósito de orientará la gestión ambiental en todos los niveles administrativos en los años siguientes.
Este Plan marca las pautas del rumbo a seguir para que todos actores de la región (entes territoriales, organizaciones étnicas territoriales, Instituciones de Investigación, Instituciones educativas, organizaciones no gubernamentales ambientalistas, órganos de control y vigilancia, fuerza pública, y comunidad en general) asuman sus funciones en el marco de las competencias legales que la normatividad existente establece para cada uno.
Es el trámite que la autoridad ambiental surte cuando ocurre violación de las normas sobre protección ambiental o sobre manejo de los recursos naturales renovables, con el fin de imponer las sanciones a que hubiere lugar, de conformidad con el tipo de infracción y la gravedad de la misma.
El procedimiento sancionatorio podrá iniciarse de oficio, por conocimiento directo de la autoridad ambiental o como consecuencia de haberse tomado previamente una medida preventiva y como resultado de una queja formulada por cualquier persona.
Es un denuncio presentado por cualquier ciudadano, cualquier acción o actividad que atente contra el medio ambiente y los recursos naturales y sancionar las infracciones cometidas contra los recursos naturales en la jurisdicción de la Corporación, acorde con las normas legales vigentes.
Es el documento que expide la autoridad ambiental competente para autorizar el transporte de los especímenes de la diversidad biológica en el territorio nacional, excluidos las especies de fauna y flora doméstica, la especie humana, los recursos pesqueros y los especímenes o muestras que estén amparados por un permiso de estudio con fines de investigación científica.
Consiste en obtener el derecho al aprovechamiento de las aguas subterráneas para los siguientes fines:
El horario de atención es Lunes a Viernes de 08:00 a.m. – 12:00 m 2:00 p.m.- 6:00 p.m.
Es un proceso dinámico de planificación del desarrollo sostenible que permite a una región orientar de manera coordinada el manejo, administración y aprovechamiento de sus recursos naturales renovables, para contribuir desde lo ambiental a la consolidación de alternativas de desarrollo sostenible en el corto, mediano y largo plazo, acordes con las características y dinámicas biofísicas, económicas, sociales y culturales.
Las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible son entes corporativos de carácter público, integrados por las entidades territoriales, encargados por ley de administrar dentro del área de su jurisdicción el medio ambiente y los recursos naturales renovables, y propender por el desarrollo sostenible del país.
Consecuencias Globales: Disminución de la capa de nieve, la elevación de los niveles de los mares, desarreglos climáticos, estos tres, causan amenazas como: inundaciones, remociones en masa, avalanchas, destrucción de ecosistemas, huracanes, tsunamis, entre otros desastres naturales. Consecuencias Locales: Incendios forestales, épocas de verano y sequías críticas, lluvias más torrenciales en épocas de inviernos, desbordamiento de ríos, avalanchas, entre otros.
Sus principales causas son: El incremento de la concentración de los gases de efecto invernadero, ocasionado principalmente por el desarrollo industrial y emisiones de fuentes móviles. Pero el calentamiento global se hace más crítico si no se implementa en las ciudades una política clara que permita mitigar sus efectos.
Sin duda, éste es un problema de años atrás, pero el incremento de la temperatura de la tierra se ha acentuado con el desarrollo industrial de los últimos dos siglos.
Es volverlo nocivo para respirar. Por eso cuando hay humo, cuando hay malos olores, o cuando hay gases nos ahogamos. Una de las tareas de los seres humanos es cuidar y proteger el planeta tierra para vivir con una buena calidad de vida.
Papel de fotografía, servilletas, papel higiénico, papel aluminio, papel de fax, pantallas de televisores entre otros.
Son aquellos residuos que se pueden recuperar, transformar o reutilizar como: vidrios, plásticos, metales, cartones. Estos residuos son acopiados en la bodega de reciclaje en donde son comercializados e incorporados a la industria para la elaboración de nuevos productos.
Son aquellos residuos que se pueden recuperar, transformar o reutilizar como: vidrios, plásticos, metales, cartones. Estos residuos son acopiados en la bodega de reciclaje en donde son comercializados e incorporados a la industria para la elaboración de nuevos productos.
Toda persona está obligada a respetará y abstenerse de causar daño o lesión a cualquier animal. Igualmente de denunciar todo acto de crueldad cometido por terceros del que tenga conocimiento.